Presentación

Somos un colectivo de vecinos afectados por el nuevo trazado de la A-8077. Si no cambian los planes de la Administración, esta autovía disminuirá significativamente la calidad de vida de los vecinos de la zona sur de Santiponce. El actual trazado, en caso de no modificarse, vulnera dos leyes aprobadas por el parlamento autonómico: la ley de carreteras y el decreto sobre ruidos. Sólo pedimos que se cumpla la legislación.



En estas páginas encontrarás información sobre el trayecto de la nueva autovía, los mapas de ruido actuales y los previstos tras su construcción, las alegaciones que se interpusieron en contra de la actual alternativa, intervenciones parlamentarias sobre la carretera, así como todos los escritos que presentemos y cualquier noticia o novedad que nos afecte.



Esperamos tu participación. Hay una dirección de correo electrónica para que contactes con nosotros: hurcas@hotmail.com. Si estás dispuesto a defender los derechos que la ley te concede y deseas que el sur de Santiponce siga siendo un lugar agradable donde vivir, colabora con nosotros. Te estamos esperando.



Bienvenido a tu blog.



NUESTROS OBJETIVOS

- Construcción de la autovía a 100 m de distancia, como mínimo, de las viviendas.

- Acondicionamiento de una zona verde entre las viviendas y la autovía, para minimizar el impacto de ésta.

- Instalación de pantallas de aislamiento acústico para conservar los niveles actuales de ruido.

miércoles, 19 de mayo de 2010

Escrito presentado al Ayuntamiento en abril de 2010

Estimado Sr. Alcalde:
La presente es para mostrarle mi preocupación y la de otros vecinos por el nuevo trazado de la A-8077, que, según figura en el Plan de Aglomeración Urbana publicado por la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio en junio de 2009, se va a construir junto a nuestras viviendas. Puede apreciar tal extremo en la imagen que le reproduzco a continuación.

Es nuestra petición ser informados sobre los siguientes puntos:
1.- Estado actual de tramitación del proyecto. Nos gustaría saber qué consejería lo está gestionando en estos momentos, los plazos previstos para su construcción y si es posible presentar nuevas alegaciones.
2.- Trazado exacto de la autovía. En particular, la distancia que la separará de nuestros hogares. Según lo publicado en prensa y en páginas de asociaciones que se involucraron en el proyecto, está previsto que esta vía discurra a escasos 50 m. Es especialmente importante para nosotros confirmar este punto, por cuanto la Ley 8/2001, de 12 de Julio, de Carreteras de Andalucía, establece en su artículo 56 como zona de no edificación una distancia mínima de 100 m a contar desde el borde de la carretera. Esta misma ley, en su introducción, expresa en el punto 3º literalmente:
3. El medio ambiente y el patrimonio cultural en las intervenciones varias. La Constitución española, en sus art. 45 y 46, declara el derecho de todos los ciudadanos al disfrute de un medio ambiente adecuado, estableciendo que los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales y garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran. Estos mandatos constitucionales se reflejan, a su vez, en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, [...], se establece, entre los objetivos básicos que ha de perseguir la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus poderes, el de fomento de la calidad de vida del pueblo andaluz, mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente y la protección y realce del paisaje y del patrimonio histórico-artístico de Andalucía.

Es evidente que un trazado incorrecto no sólo incumpliría esta ley, sino el estatuto andaluz y los citados artículos de la Constitución. No sólo serán nuestras viviendas las afectadas, sino también el Monasterio de San Isidoro del Campo.
3.- Medidas correctoras previstas para minimizar el impacto ambiental. Remitiéndonos a lo publicado en prensa, esta nueva autovía tendría una capacidad estimada de 40.000 vehículos al día (según otras fuentes 60.000), lo que supone, contando únicamente los laborables, más de 10.000.000 de coches al año. Esto conlleva, desde el punto de vista medioambiental, dos perjuicios claros: ruido y contaminación. Permítanos extendernos en este punto, pues es imprescindible conocer con exactitud la magnitud del problema que ambos suponen.
En lo referente al ruido, el Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, Reglamento de protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, se hace eco de la necesidad de reducir la contaminación acústica a niveles aceptables ante la constatación de que este problema afecta de forma creciente a la calidad de vida y se marca como objetivo la reducción del número de personas expuestas de manera regular y prolongada a niveles sonoros elevados. A tal fin, en su artículo 11 cataloga en zonas el territorio según su uso. Textualmente:
Art 11. Clasificación de las áreas de sensibilidad acústica.
Tipo I: Área de silencio. Zona de alta sensibilidad acústica, que comprende los sectores del territorio que requieren una especial protección contra el ruido. En ella se incluyen las zonas con predominio de los siguientes usos del suelo:
a) Uso sanitario.
b) Uso docente.
c) Uso cultural. [...]
Tipo II: Área levemente ruidosa. Zona de considerable sensibilidad acústica, que comprende los sectores del territorio que requieren una protección alta contra el ruido. En ella se incluyen las zonas con predominio de los siguientes usos del suelo:
a) Uso residencial.
b) Zona verde, excepto en casos en que constituyen zonas de transición.
c) Adecuaciones recreativas, campamentos, […]
Tipo V: Área especialmente ruidosa. Zona de nula sensibilidad acústica, que comprende los sectores del territorio afectados por servidumbres sonoras a favor de infraestructuras de transporte, autovías, autopistas, rondas de circunvalación, ejes ferroviarios, aeropuertos y áreas de espectáculos al aire libre.
[…] Asimismo, a fin de evitar que colinden áreas de diferente sensibilidad, se podrán establecer zonas de transición, en la que se definirán valores intermedios entre las dos zonas colindantes. En el caso de que una de las áreas implicadas sea de Tipo I los valores intermedios no podrán superar los asignados a las áreas de Tipo II.

Los espacios dedicados a la cultura (instituto, monasterio) pertenecen a la zona I, mientras los de uso residencial son zona II. Difícilmente, si la carretera pasa a 50 m, podrá evitarse que colinden ambas con la zona V.
Además, este decreto establece en su artículo 25 unos niveles máximos de ruido para cada zona.
Art 25: Límites de ruidos ambientales.
4. En el análisis de los problemas de ruido, incluidos tanto en los estudios de impacto ambiental como en los proyectos que deben ser sometidos a informe ambiental y calificación ambiental, en los que se utilicen modelos de predicción, o cualquier otro sistema técnico adecuado, se tendrán en cuenta los niveles sonoros expresados en la Tabla núm. 3 del Anexo I del presente Reglamento, como valores límites que no deberán ser sobrepasados en las fachadas de los edificios afectados.


¿Sabía usted que actualmente, en base a las mediciones de que disponemos, estos valores ya son sobrepasados sin necesidad de una autovía a 50 m? Concretamente, en nuestras fachadas se registran LAeq d = 54,6 dB y LAeq n = 48,5 dB. Es decir, en las condiciones actuales tenemos por la noche más ruido del legalmente deseable, mientras que durante el día estamos en el límite. A esto hay que añadir la nueva vía férrea que se construirá paralela a la ya existente, la cual se oye con nitidez desde nuestras viviendas por la orografía del terreno, y que vendrá a sumar más ruido durante más tiempo al cabo del día.
La Consejería de Medio Ambiente ofrece en su página web mapas de ruido de la actual A-8077. El ruido durante la noche no baja nunca de 70 dB y durante el día supera los 75 dB, lo que supone una intensidad casi mil veces mayor que lo permitido. La nueva autovía tendrá una capacidad aún mayor. En la actualidad hay medios técnicos que permiten disminuir la intensidad del ruido generado por el tráfico, pero no son una panacea que todo lo pueden. En el estudio “Aplicación de las exigencias de la Directiva 2002/49/CE a tramos urbanos de tráfico rodado” elaborado por Ricardo del Pozo Pascual (Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos), Director Técnico de Obra Civil de G.O.C., S.A.; Miguel Gómez Torreiro (Ingeniero Técnico Industrial); y Francisco Javier Rodríguez Rodríguez (Dr. Ingeniero Industrial), Área de Acústica de G.O.C., S.A. en 2008, pueden encontrar una relación de ellos y un análisis de las prestaciones que ofrecen. En general, y en común para todos ellos, podemos afirmar que su eficacia depende de múltiples factores, que son costosos y que exigen un mantenimiento. Así, la medida más segura pasa siempre por alejar la vía todo lo posible de las viviendas.
Con la contaminación sucede lo mismo: la calidad del aire será tanto mejor cuanto más lejos se construya la autovía.
4.- Posicionamiento de la Consejería de Cultura. En tanto en cuanto el trazado parece afectar al Monasterio y con el precedente de los dólmenes de Valencina, deseamos saber si Cultura ha emitido algún informe al respecto o si se le ha solicitado.
5.- Calificación actual del suelo en la zona sur de Santiponce, fronteriza con el parque industrial de Valencina. Tenemos entendido que es zona verde. Nos gustaría que nos confirmase este extremo y también que nos informase sobre su extensión. Concretamente, ¿Abarca esta zona verde desde la rotonda de entrada del pueblo, frente al nuevo parque de bomberos, hasta las instalaciones de Pantoja, frente al instituto? ¿Tienen prevista alguna actuación en estos terrenos?
6.- Alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Santiponce. A la luz de las repercusiones que para nuestro pueblo y sus habitantes puede tener esta autovía, querríamos conocer todas las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento al proyecto, así como las acciones previstas para la defensa de los intereses de Santiponce y sus residentes.

En base a las informaciones que le presentamos en este escrito, cuya veracidad puede usted comprobar fácilmente, en nuestra opinión no cabe otro posicionamiento que exigir el cumplimiento de la ley en cuanto a distancias, ruidos, protección del medio ambiente y del patrimonio cultural, en defensa de los intereses legítimos de Santiponce y sus ciudadanos.
En espera de sus respuestas y a su disposición para cuanto concierna a este asunto,
Atentamente,

No hay comentarios:

Publicar un comentario